Plazos indicados por la DGT
Hola, en esta entrada vamos a resumir y explicar los diferentes plazos que debemos tener en cuenta cuando compramos un coche, cuando tenemos que renovar el carnet o cuando nos toca pasar la itv.
- Acabo de vender el coche, tengo que cambiarlo de nombre puesto que aunque ya no sea el propietario sigo siendo el titular del mismo en el Registro General de Vehículos de la DGT, y esto tiene una serie de implicaciones, por ejemplo soy el responsable de que el vehículo esté asegurado, al corriente de la ITV ….. los plazos para efectuar este cambio de nombre son los siguientes:
- El que vende un veh. Dispone de un plazo de 10 días para comunicar la venta a la DGT
- EL que compra tiene un plazo de 30 días.
Aquí puedes puedes realizar el trámite, si no te aclaras nosotros te ayudamos https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/transferencias-de-vehiculos/cambio-titularidad-vehiculo/index.shtml
- Me acabo de cambiar de casa y por tanto de domicilio, dispones de un plazo de 15 días para comunicarlo a la DGT y efectuar la correspondiente anotación en el Registro General de Conductores y de Vehículos si tienes un coche, si no lo haces puede llegar a ocurrir que fueses denunciado por un radar fijo en una autovía, como no te van a parar para notificarte la denuncia, la DGT te enviara una carta a tu domicilio para notificarte la sanción y la retirada de puntos en su caso, por lo tanto si te has cambiado no te vas a enterar, pudiendo llegar el caso que estuvieras conduciendo sin puntos, y eso es un delito castigado por el código penal
https://sede.dgt.gob.es/es/permisos-de-conducir/cambio-de-direccion-para-notificaciones/
- El carnet de conducir hay que renovarlo, consiste en pasar un reconocimiento médico en un centro médico de conductores, igual que cuando te sacas el permiso ¿cada cuánto tiempo?
- Cada 10 años hasta que el titular tenga 65
- Cada 5 años a partir de los 65
Aquí lo puedes renovar https://ipmt.es/
- Por fin he aprobado:
- ¿Tengo que llevar la L?
- Si, durante 1 año
- ¿Y si tengo el carnet de moto?
- Si lo tienes más de 1 año no es necesario
- ¿Tengo que llevar la L?
- ¿Cada cuánto tiempo tengo que pasar la itv del coche?
- La primera a los 4 años de haberlo matriculado
- Desde los 4 hasta los 10 cada 2, es decir a los 6, 8 y 10
- a partir de los 10 cada año.
- ¿Y la itv de la moto?
- La primera a los 4 años
- Después siempre cada 2 años
Esperamos haberos ayudado un poco, cualquier duda ahí estamos
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